Articulo 18 Presupuestos 2012 Navarra

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Artículo 18. Representación del Gobierno de Navarra en Bruselas.

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Todos los gastos necesarios para el normal funcionamiento de la representación del Gobierno de Navarra en Bruselas serán abonados a través de anticipos de caja fija o, en su caso, de órdenes de pago a justificar.

La Delegada del Gobierno de Navarra en Bruselas podrá autorizar los gastos y pagos antes mencionados, siendo necesaria la autorización previa de la Directora General de Política Económica e Internacional para aquellos cuya cuantía exceda de 3.000 euros.

La intervención general del Gobierno de Navarra supervisará en todo caso las justificaciones y gastos efectuados en ambas delegaciones.