Articulo 18 Prevención y ...forestales

Articulo 18 Prevención y extinción de incendios forestales

Ver Indice
»

Artículo 18.

Derogado
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Si la recepción del aviso se produce por el personal de un retén de incendios, por un Agente de Medio Ambiente, o directamente por cualquier otro medio del Operativo Insular de Incendios, éstos efectuarán inmediatamente la salida de pronto ataque para actuar en el siniestro, al mismo tiempo que comunicarán al CECOPIN la existencia de la emergencia.

El Centro de Coordinación de extinción de incendios del Cabildo Insular informará de inmediato al Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad 1-1-2 sobre la existencia del incendio y la movilización de medios.