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Articulo 18 Procedimiento de adjudicación de viviendas de promoción pública

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Artículo 18. Aprobación de la Lista Definitiva.

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1) La Comisión Regional elaborará y aprobará la lista definitiva de adjudicatarios en orden descendente de puntuación.

2) Al propio tiempo, se seleccionará la lista de espera integrada por aquellas solicitudes que no hubieran resultado adjudicatarias. Esta lista se ordenará con referencia exclusiva a la mayor o menor puntuación del solicitante. También incluirá la lista de excluidos, con indicación de la causa.

3) Los supuestos de empate se resolverán a favor de las unidades familiares con mayor número de miembros; si persistiese el empate se resolverá a favor de la unidad familiar que tenga menores ingresos; si a pesar de lo anterior volviere a existir empate, se resolverá a favor del solicitante que acredite mayor tiempo solicitando vivienda de promoción pública.