Articulo 18 Procedimientos de contratacion en los sectores del agua, energia, transportes y telecomunicaciones
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»Artículo 18. Publicidad del sistema de clasificación propio de las entidades contratantes.
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El sistema de clasificación propio que adopte la entidad contratante deberá ser objeto de un anuncio, con arreglo al anexo III, en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El anuncio indicará el objetivo del sistema de clasificación y las modalidades de acceso a las normas que lo rigen.
Cuando el sistema tenga una duración superior a tres años, el anuncio deberá publicarse anualmente. En caso de tener una duración inferior, bastará con un anuncio inicial.
