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Articulo 18 Protección Civil y Gestión de Emergencias de la Generalitat

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Artículo 18. Funciones y facultades

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La Mesa Social de la Protección Civil y las Emergencias de la Comunitat Valenciana tendráasignadas las siguientes funciones:

1. Proponer el desarrollo de actuaciones en materia de protección civil y gestión de emergencias ante la conselleria competente en la materia.

2. Impulsar ante la sociedad acciones informativas y divulgativas sobre prevención, autoprotección y actuación de los ciudadanos ante situaciones de emergencia y catástrofe.

3. Tener conocimiento de las acciones legislativas y normativas que en materia de protección civil y gestión de emergencias realice la conselleria competente en la materia.

4. Tener representación en la Comisión de Protección Civil de la Comunitat Valenciana.