Articulo 18 Reconocimiento de la condición de familia monoparental en C. Valenciana -Derogado-
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»Artículo 18. Desaparición o pérdida del título
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En caso de desaparición o pérdida del título, podrá solicitarse un duplicado por registro de entrada, en la dirección territorial correspondiente o en cualquiera de las dependencias que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo ser utilizado el impreso de solicitud correspondiente, según modelo establecido en este decreto, de cada expedición deberá quedar constancia en el expediente administrativo.
