Articulo 18 Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de Castilla y León
Ver Indice
»Artículo 18. Informadores.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Son aquellas personas pertenecientes a los distintos medios de comunicación que, debidamente acreditados por la organización, realicen funciones de información del espectáculo taurino, debiendo respetar el buen desarrollo del festejo y acatando las directrices del Personal de Control.
Modificaciones
- Artículo modificado (18) por DECRETO 41/2005, de 26 de mayo, por el que se modifican determinados articulos del Decreto 14/1999 por el que se aprueba el Reglamento de Espectaculos Taurinos Populares de la Comunidad de Castilla y Leon.
(CL de 01-06-2005) en vigor desde 02-06-2005
