Articulo 18 Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Comisiones Provinciales de Valoraciones -Vigente-
Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Comisiones Provinciales de Valoraciones -Vigente-
Ver Indice
»Artículo 18. Propuesta de acuerdo de valoración.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La Secretaría elaborará la propuesta de acuerdo de valoración tomando en consideración la documentación obrante en el expediente y, en su caso, los informes técnicos y el informe propuesta de la persona ponente y expresará sus antecedentes, con descripción del bien o derecho objeto de expropiación y con exposición motivada de la normativa aplicable.
2. La propuesta de acuerdo de valoración deberá emitirse en el plazo máximo de diez días hábiles contados desde la recepción electrónica del último informe técnico emitido o del informe propuesta de la persona ponente o, en su defecto, en el plazo máximo de treinta días hábiles desde la calificación del expediente.
