Articulo 18 Reglamento de... Andalucía

Articulo 18 Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía

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Artículo 18. Tipología de zonas acústicas especiales.

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1. Se establecen regímenes especiales para las siguientes zonas acústicas:

  1. Zonas de protección acústica especial.

  2. Zonas acústicamente saturadas.

  3. Zonas de situación acústica especial.

  4. Zonas tranquilas.

2. La declaración de zonas acústica especiales se hará por los Ayuntamientos conjuntamente con la aprobación de sus respectivos Planes Zonales Específicos.