Articulo 18 Reglamento que regula la acción concertada en materia de prestación de servicios sociales en Aragón
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»Artículo.18. Momento de fiscalización del compromiso del gasto.
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La fiscalización previa del compromiso del gasto en los expedientes de formalización de acuerdos de acción concertada se realizará de conformidad con la normativa reguladora del control de la actividad económica y financiera de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón y de las instrucciones que la Intervención General pueda dictar en su desarrollo.
