Artículo 18 de simplificación administrativa y transformación digital del Consell de la Comunitat Valenciana
Artículo 18. Tablón Electrónico Único de Anuncios de la Generalitat
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Copiloto jurídico
1. El Tablón Electrónico Único de Anuncios de la Generalitat (TEUA) tiene como fin unificar la publicación de actos administrativos y comunicaciones que deban difundirse electrónicamente. El TEUA será accesible desde la Sede PROP.
2. El uso del TEUA será obligatorio, excepto en los siguientes casos:
a) Cuando las normas específicas exijan la publicación de actos administrativos y comunicaciones en los diarios oficiales.
b) Cuando concurran circunstancias excepcionales que justifiquen su difusión mediante otros medios.
3. El TEUA dispondrá de secciones con distintos niveles de difusión, en atención a la finalidad de la publicación.
4. Los actos administrativos y las comunicaciones se mantendrán publicados durante el plazo que determine el órgano competente que lo haya emitido, de conformidad con el régimen jurídico aplicable. El TEUA generará evidencias electrónicas que permitan constatar la fecha y la hora de publicación y de retirada de los actos y las comunicaciones, a efectos de garantizar los derechos de la ciudadanía.
5. La responsabilidad del contenido de cada acto administrativo o comunicación que se publique en el TEUA corresponderá al órgano que lo haya emitido, sin perjuicio de la responsabilidad funcional y técnica del Tablón prevista en el anexo I.
6. Los actos administrativos y comunicaciones que se publiquen en el TEUA deberán respetar las exigencias de integridad, autenticidad, disponibilidad, accesibilidad y los principios de protección de datos, especialmente los de minimización y conservación.
