Articulo 18 Sistema de seguridad pública

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Artículo 18. Mapa policial de Cataluña.

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El Gobierno debe aprobar por decreto el mapa policial de Cataluña, de acuerdo con las disposiciones del Plan territorial general de Cataluña. El mapa policial organiza el territorio de Cataluña en áreas básicas policiales y en regiones policiales, y tiene en cuenta las realidades metropolitanas en su organización territorial.