Articulo 18 ter Medidas f...energética

Articulo 18 ter Medidas fiscales para la sostenibilidad energética

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Artículo 18 ter. Período impositivo y devengo.

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1. El periodo impositivo coincidirá con el año natural.

2. En el supuesto de cese del contribuyente en el desarrollo de la actividad que constituye el hecho imponible a que se refiere el artículo 15.1.b), el período impositivo finalizará en el día en que se entiende producido dicho cese.

3. El impuesto se devengará el último día del período impositivo.