Articulo 18 TR. de disposiciones legales de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado
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»Artículo 18. Tipo de gravamen autonómico en el impuesto sobre hidrocarburos.
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (18 (se deroga)) por LEY 3/2018, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
(G de 28-12-2018) en vigor desde 01-01-2019 - Modificación realizada (18 (apdo. 2)) por LEY 12/2014, de 22 de diciembre, de medidas fiscales yadministrativas.
(G de 30-12-2014) en vigor desde 01-01-2015 - Modificación realizada (18) por LEY 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014.
(G de 31-12-2013) en vigor desde 01-01-2014 - Artículo modificado (Capítulo V (art. 18)) por Ley 2/2013, de 27 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2013.
(BOE de 18-04-2013) en vigor desde 01-03-2013
