Articulo 18 Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno de Navarra
Artículo 18. Información sujeta a publicación.
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1. Las Administraciones Públicas, instituciones públicas, entidades y sujetos incluidos en los artículos 2 y 3 de esta ley foral deberán hacer pública, en los términos que se señalan en los artículos siguientes, al menos, información relativa a:
a) Información institucional, organizativa y de planificación.
b) Información sobre altos cargos y personal directivo.
c) Información de relevancia jurídica.
d) Información económica, presupuestaria y financiera.
e) Información sobre contratación pública.
f) Información sobre la concesión de servicios.
g) Información sobre convenios de colaboración, contratos-programas, encomiendas y encargos a medios propios.
h) Información sobre la actividad subvencional.
i) Información patrimonial y estadística.
j) Información en materia de ordenación del territorio, urbanismo, medio ambiente y vivienda.
k) Otros contenidos objeto de publicidad.
2. (Suprimido).
- Artículo modificado (apdo. 2 se suprime) por LEY FORAL 3/2026, de 23 de marzo, por la que se modifican la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y la Ley Foral 7/2018, de 17 de mayo, de creación de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra. (NA de 07-04-2026) en vigor desde 08-04-2026
