Articulo 181 Medidas de s...nistración

Articulo 181 Medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración

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Artículo 181. Participación en el coste de los servicios.

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Las personas beneficiarias de los servicios participarán en la financiación de los mismos teniendo en cuenta en todo caso el tipo y coste del servicio así como su capacidad económica, y de acuerdo con las fórmulas de cálculo que vengan establecidas en la normas específicas que regulen cada servicio.