Articulo 181 Reglamento G...sostenible

Articulo 181 Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible

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Artículo 181. Documentación para el reconocimiento de actuación disconforme.

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La documentación mínima a presentar ante el Ayuntamiento respectivo para que se reconozca la situación de actuación disconforme será la siguiente:

a. Documentación acreditativa de la titularidad del inmueble, incluyendo datos registrales en su caso, que permitan identificar a la persona titular registral.

b. Certificación Catastral Descriptiva y Gráfica del Inmueble o fotocopia de Solicitud de Alta en el Catastro. Tanto de la parcela como de la edificación, construcción o instalación.

c. Memoria técnica suscrita por personal técnico competente que contenga:

- Descripción de la edificación, construcción o instalación con especificación de los usos a que se destina, cuadro de superficies, descripción estructural, constructiva y de las instalaciones con que cuenta.

- Descripción de las posibles servidumbres que afecten al inmueble.

- Relación detallada de las determinaciones urbanísticas que resulten de aplicación, precisando la clase de suelo y especificando si sería o no susceptible de legalización.

- Declaración de la fecha de terminación de la edificación, construcción o instalación.

- Medios de prueba para acreditar la fecha de su total terminación.

- Valoración económica de la ejecución material de la edificación, construcción o instalación a la fecha de presentación de la solicitud.

d. Planos:

- Plano de situación y emplazamiento en el que se identifique la parcela objeto de la solicitud indicando la referencia catastral.

- Plano de situación, identificando la parcela sobre el planeamiento en vigor.

- Parcela acotada y emplazamiento de la edificación, construcción o instalación sobre la misma.

- Plantas, alzados y secciones, acotadas y a escala.

- Instalaciones con la representación esquemática de todos sus elementos.

- Se deberá entregar además, una representación gráfica georreferenciada de la envolvente poligonal de todos los elementos significativos de la edificación, construcción o instalación, así como de la parcela donde se encuentra, en un archivo digital editable.

e. Fotografías:

- A color de cada una de las fachadas y dependencias de la edificación, construcción o instalación de las que pueda desprenderse el estado constructivo de la misma.

f. Certificado suscrito por personal técnico competente en la que manifiesta bajo su responsabilidad:

- Que recoja la aptitud de la edificación para el uso a que se destina donde se analizara el sistema estructural, elementos constructivos, instalaciones, así como que dicha edificación cuenta con los servicios básicos necesarios.

- Que las obras se encuentran finalizadas. Se entenderá que la edificación está terminada cuando esté ultimada y dispuesta a servir al uso a que se destina, sin necesidad de ninguna actuación material posterior referida a la propia obra.