Articulo 181 TR. de disposiciones en materia de ordenación del territorio y urbanismo
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»Artículo 181. Suspensión del otorgamiento de licencias.
Vigente
En el sistema de cooperación no podrán concederse licencias de edificación hasta que sea firme en vía administrativa el acuerdo aprobatorio de la reparcelacióndel polígono o unidad de actuación, cuando aquélla sea procedente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-04-2004 en vigor desde 28-04-2004