Articulo 183 Código del D... de Aragón

Articulo 183 Código del Derecho Foral de Aragón

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Artículo 183. Comunidad de vida.

Vigente

1. El matrimonio constituye una comunidad de vida entre los cónyuges en la que ambos son iguales en derechos y obligaciones.

2. Los cónyuges deben respetarse y ayudarse mutuamente, vivir juntos, guardarse fidelidad y actuar en interés de la familia.