Articulo 184 Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
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»Artículo 184. Tribunales y Comisiones de Valoración.
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Los tribunales y comisiones de valoración serán nombrados por el Rector a propuesta del Gerente. En las comisiones de valoración se garantizará siempre la presencia de un funcionario de la unidad de personal como miembro de la comisión o como asesor.
