Articulo 184 Medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público...s y emisiones de CO2
Articulo 184 Medidas fisc...nes de CO2

Articulo 184 Medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y creación de impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, estancias en establecimientos turísticos, elementos radiotóxicos, bebidas azucaradas envasadas y emisiones de CO2

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Artículo 184. Modificación de la Ley 7/2007 (Agencia Tributaria de Cataluña)

Vigente

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Se añade una disposición adicional, la vigésima quinta, a la Ley 7/2007, de 17 de julio, de la Agencia Tributaria de Cataluña, con el siguiente texto:

«Disposición adicional vigésima quinta. Cesión de datos a la dirección general competente en materia de tributos

»1. Los datos, los informes o los antecedentes obtenidos por la Agencia Tributaria de Cataluña pueden ser cedidos a la dirección general competente en materia de tributos para el análisis y diseño de la política tributaria, la elaboración de la normativa tributaria general, de las figuras tributarias propias y de los tributos cedidos, en el marco de las competencias normativas de la Generalidad. La comunicación de la información debe hacerse de manera anonimizada o, si la finalidad perseguida lo requiere, aplicando técnicas de pseudonimización que no permitan la identificación de las personas afectadas por terceras personas distintas a la entidad cedente.

»2. La cesión de datos de carácter personal que deba realizarse a la dirección general competente en materia de tributos de acuerdo con lo establecido por el apartado 1 no requiere el consentimiento de la persona afectada.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-03-2017 en vigor desde 31-03-2017