Articulo 184 Reglamento g...e las AAPP

Articulo 184 Reglamento general de la Ley de Contratos de las AAPP

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Artículo 184. Facultades de policía en la concesión

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1. En la concesión administrativa de servicios públicos el órgano de contratación podrá atribuir al concesionario determinadas facultades de policía, sin perjuicio de las generales de inspección y vigilancia que incumban a aquél.

2. Contra los actos del concesionario en el ejercicio de tales facultades podrá reclamarse ante la Administración concedente.