Articulo 184 TR. de disposiciones en materia de ordenación del territorio y urbanismo
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»Artículo 184. Requisitos de la aplicación del sistema de expropiación.
Vigente
Cuando la ejecución de los planes se realice por el sistema de expropiación, la delimitación de los polígonos deberá ir acompañada de una relación de propietarios y de una descripción de los bienes o derechos afectados, redactadas con arreglo a lo dispuesto en la legislación expropiatoria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-04-2004 en vigor desde 28-04-2004