Articulo 184 TR. de disposiciones en materia de ordenación del territorio y urbanismo
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»Artículo 184. Requisitos de la aplicación del sistema de expropiación.
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Cuando la ejecución de los planes se realice por el sistema de expropiación, la delimitación de los polígonos deberá ir acompañada de una relación de propietarios y de una descripción de los bienes o derechos afectados, redactadas con arreglo a lo dispuesto en la legislación expropiatoria.
