Articulo 185 Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria
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»Artículo 185. Relaciones entre el agente urbanizador y los propietarios.
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Las relaciones entre el agente urbanizador y los propietarios se atendrán al pliego de condiciones de la licitación, a las determinaciones del planeamiento que se ejecuta y a los derechos de unos y otros establecidos en esta ley.
