Articulo 1852 Código civil

Articulo 1852 Código civil

Ver Indice
»

Artículo 1852

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los fiadores, aunque sean solidarios, quedan libres de su obligación siempre que por algún hecho del acreedor no puedan quedar subrogados en los derechos, hipotecas y privilegios del mismo.