Articulo 186 se aprueba el TR. de la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña
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»Artículo 186. Plan director de inversiones locales de Cataluña.
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El Plan director de inversiones locales de Cataluña es el instrumento básico de la cooperación económica para la realización de las obras y los servicios de competencia municipal, y tiene como finalidad asegurar en todo el territorio de Cataluña la prestación integral y adecuada de los servicios municipales.
