Articulo 186 TR de las leyes de ordenación del territorio y de espacios naturales
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Articulo 186 TR. de las leyes de ordenación del territorio y de espacios naturales

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Artículo 186. Supuestos de responsabilidad administrativa.

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En los supuestos de anulación de licencias, demora injustificada en su otorgamiento o denegación improcedente, los perjudicados podrán reclamar de la Administración actuante el resarcimiento de los daños y perjuicios causados, en los casos y con la concurrencia de los requisitos establecidos en las normas que regulan con carácter general dicha responsabilidad. En ningún caso habrá lugar a indemnización si existe dolo, culpa o negligencia graves imputables al perjudicado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-05-2000 en vigor desde 15-05-2000