Articulo 187 Actividades ... eléctrica

Articulo 187 Actividades y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica

Ver Indice
»

Artículo 187. Número de identificación en el registro.

Vigente

Las empresas distribuidoras harán constar en los documentos en los que se formalicen las transacciones que tengan por objeto la compra o venta de energía eléctrica o el uso de las redes el número de identificación que tengan asignado en el Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados.