Articulo 187 Cooperativas de Asturias
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»Artículo 187. -Modificación de los derechos y obligaciones de los socios.
Vigente
La validez de cualquier modificación autorreguladora que afecte a los derechos y obligaciones de alguno de los dos colectivos de socios, requerirá el consentimiento mayoritario del grupo correspondiente, que podrá obtenerse mediante votación separada en la asamblea general.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-07-2010 en vigor desde 01-08-2010