Articulo 187 Cooperativas de Asturias
Ver Indice
»Artículo 187. -Modificación de los derechos y obligaciones de los socios.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La validez de cualquier modificación autorreguladora que afecte a los derechos y obligaciones de alguno de los dos colectivos de socios, requerirá el consentimiento mayoritario del grupo correspondiente, que podrá obtenerse mediante votación separada en la asamblea general.
