Articulo 19 Administració...nistrativa

Articulo 19 Administración electrónica y simplificación administrativa

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Artículo 19. Gestión electrónica de los procedimientos.

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1. El Gobierno de La Rioja impulsará, bajo criterios de simplificación administrativa, la aplicación de medios electrónicos a la gestión de los procedimientos administrativos. La gestión electrónica respetará la titularidad y el ejercicio de la competencia por el órgano o entidad que la tenga atribuida y el cumplimiento de los requisitos formales y materiales establecidos en las normas que regulen la correspondiente actividad.

2. Las aplicaciones y sistemas de información utilizados para la instrucción por medios electrónicos de los procedimientos deberán garantizar el control de los tiempos y plazos, la identificación de los órganos responsables de los procedimientos, así como la tramitación ordenada de los expedientes, y facilitar la simplificación y la publicidad de los procedimientos.