Articulo 19 Administració... de Aragón

Articulo 19 Administración Local de Aragón

Ver Indice
»

Artículo 19. Deslinde y amojonamiento.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Los municipios podrán promover el deslinde y amojonamiento de sus términos municipales.

2. Los conflictos que se susciten entre municipios en relación con la delimitación y deslinde de sus términos serán resueltos por el Gobierno de Aragón, previos los informes técnicos especializados precisos y dictamen de la Comisión Jurídica Asesora.