Articulo 19 Apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico
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»Artículo 19. Precios
Vigente
1. Los precios de todos los servicios que se oferten se expondrán en lugar visible a la entrada de cada vivienda de uso turístico.
2. En el precio del alojamiento se entenderán incluidos los suministros de agua, energía, climatización, uso de ropa de cama y baño y limpieza de habitaciones.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-07-2014 en vigor desde 01-08-2014