Articulo 19 Apoyo a las Familias de Euskadi
Artículo 19. Medidas específicas de apoyo a las familias en el ámbito de la educación.
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1.- Con carácter general, el Gobierno Vasco, en el marco de su política educativa, deberá garantizar la educación de los niños, niñas y jóvenes en los valores recogidos en el artículo 3.1.
2.- En particular, el Gobierno Vasco deberá desarrollar las siguientes medidas de apoyo a la familia:
a) Consolidación de las escuelas infantiles para los niños y niñas de edades comprendidas entre 0 y 3 años.
b) Las familias numerosas tendrán un trato preferente en la puntuación en el régimen de admisión en centros públicos y privados concertados, de conformidad con lo previsto en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, y sin perjuicio de lo establecido en la Ley Orgánica de Educación respecto a otros criterios prioritarios de admisión.
c) Asimismo, se otorgará un trato preferente en la puntuación en el régimen de admisión en centros públicos y privados concertados a las familias víctimas de actos de terrorismo y a las familias víctimas de violencia de género.
d) Adopción de medidas de atención complementaria, de carácter extracurricular, al horario y calendario escolar preestablecido, de modo que se facilite la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de mujeres y hombres. Asimismo, se garantizará la existencia de un servicio completo de comedores escolares en todas las etapas educativas en función de la demanda.
e) Fomento de la mediación escolar como forma de resolución preferente de las situaciones de conflicto escolar.
f) Impulso de las actividades coordinadas entre los centros escolares y los servicios sociales de base con el fin de crear una respuesta integral a los crecientes problemas sociales detectados en el ámbito escolar y cuyo destinatario suele ser la unidad familiar.
g) Fomento de un servicio de orientación y asesoramiento dirigido a las familias, en relación con problemas educativos y de desarrollo afectivo y otros conflictos que se puedan plantear.
