Articulo 19 Archivos de Cantabria
Ver Indice
»Artículo 19. El censo de los Centros de Archivo.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La Consejería competente en materia de archivos elaborará y mantendrá actualizado un censo de los Centros de Archivo de Cantabria y un inventario de los fondos documentales que contengan.
2. El Gobierno de Cantabria promoverá la integración de los Centros de Archivos públicos y privados radicados en la Comunidad Autónoma en el Sistema de Archivos.
