Articulo 19 Campamentos de Turismo y Áreas de Servicio para Autocaravanas
- Norma derogada desde el 21 de mayo de 2026. - Decreto 35/2026, de 14 de mayo, de Ordenación de los Campamentos de Turismo y Áreas de Servicio para Autocaravanas, en el Ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Artículo 19. Categorías.
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Los campamentos de turismo se clasifican de acuerdo con sus instalaciones y servicios en las categorías de «cinco estrellas», «cuatro estrellas» y «tres estrellas», siendo los correspondientes distintivos grafiados dentro de la silueta de una tienda de campaña, según los colores y medidas que se señalan a continuación:
PLACA IDENTIFICATIVA FACHADA
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- Medidas en milímetros.
- Letras Arial.
- Recuadro de la placa en blanco.
- Fondo azul.
Este indicativo se encontrará situado de forma visible en el acceso al campamento y en la recepción del mismo; deberá igualmente figurar grafiado y de forma destacada tanto en los justificantes de pago como en cualquier folleto o impreso del campamento de turismo.
