Articulo 19 Concesión directa de ayudas para la ejecución de programas de incentivos MOVES III
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»Artículo 19. Reintegro.
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Procederá el reintegro de las cantidades percibidas por el destinatario último de la ayuda y la exigencia del interés de demora, desde el momento del pago de la subvención, en los supuestos establecidos en este real decreto así como en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
