Articulo 19 Consejero de ...forestales

Articulo 19 Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se regula el uso del fuego en suelo no urbanizable para la prevención de incendios forestales

Ver Indice
»

Artículo 19. Control y Vigilancia.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Se encomienda al Guarderío Forestal del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, y se insta a la Policía Foral y a la Guardia Civil la vigilancia del cumplimento de lo establecido en la presente Orden Foral.