Articulo 19 Consell de la Generalitat, por el que se establecen las condiciones de los vallados en el medio natural y de los cerramientos cinegeticos. [2005/X12933]
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»Artículo 19. Cercados de aclimatación de caza menor.
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1. La introducción, manejo y suelta de especies de caza menor en los cercados de aclimatación vendrán expresamente contempladas en los planes de ordenación técnica del espacio cinegético.
2. Cuando, en otros espacios, se pretenda la realización de cercados para aclimatar y soltar especies de caza menor, se requerirá contar con la autorización de los servicios territoriales de la Conselleria competente en materia de caza.
