Articulo 19 Declaración del Parque Natural Marítimo-Terrestre Es Trenc-Salobrar de Campos
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»Artículo 19. Régimen sancionador
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1. El régimen sancionador de las infracciones en el Parque Natural Marítimo-Terrestre Es Trenc-Salobrar de Campos se ajustará a las disposiciones establecidas en la normativa básica estatal y autonómica.
2. Son infracciones administrativas en el ámbito del Parque Natural Marítimo-Terrestre Es Trenc-Salobrar de Campos las previstas en la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO).
3. La imposición de las sanciones y la restauración del medio natural y las medidas provisionales derivadas del incumplimiento de esta ley se rigen por el régimen previsto en la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO).

