Articulo 19 Educación de Cataluña

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Artículo 19. Comunidad educativa y comunidad escolar

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1. La comunidad educativa está integrada por todas las personas e instituciones que intervienen en el proceso educativo. Forman parte de ella los alumnos, las familias, el profesorado, los profesionales de atención educativa y el personal de administración y servicios, la Administración educativa, los entes locales y los agentes territoriales y sociales y las asociaciones que los representan, así como los colegios profesionales del ámbito educativo, el asociacionismo educativo, las entidades deportivas escolares y los profesionales, empresas y entidades de tiempo libre y de servicios educativos.

2. La comunidad educativa del centro, o comunidad escolar, está integrada por los alumnos, madres, padres o tutores, personal docente, otros profesionales de atención educativa que intervienen en el proceso de enseñanza en el centro, personal de administración y servicios del centro, y la representación municipal y, en los centros privados, los representantes de su titularidad.

3. En los centros sostenidos con fondos públicos, los miembros de la comunidad escolar están representados en el consejo escolar del centro.

4. Los centros privados no sostenidos con fondos públicos pueden definir, en sus normas de organización y funcionamiento, órganos a través de los cuales se canalice la participación de la comunidad escolar.