Articulo 19 estructura y organización del Plan territorial de contingencias por contaminación marina accidental
Artículo 19. Criterios de coordinación de operaciones entre distintos planes de contingencias
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1. Cuando estén activados el Plan Camgal y un plan interior marítimo y/o un plan local de protección de la ribera del mar contra la contaminación, la coordinación de las operaciones será ejercida por la persona designada en el Plan Camgal.
2. Cuando estén activados el Plan Camgal y un plan de ámbito superior de los contemplados en la normativa estatal, la coordinación de operaciones se hará según lo descrito en la normativa estatal referente en la materia. La persona titular de la dirección del Plan Camgal se integrará en los órganos de coordinación establecidos a tal efecto.
3. La estructura organizativa con la que cuenta el Plan Camgal para hacer frente a operaciones en el mar podrá formar parte del subsistema marítimo en los términos establecidos en el artículo 3.1 del Sistema nacional de respuesta.
4. Cuando esté activado el Plan Camgal y se necesiten medios adscritos a un Plan de ámbito superior de los contemplados en la normativa estatal sin estar éste activado, la persona titular de la dirección del Plan Camgal podrá solicitar, en virtud del principio de cooperación interadministrativa, la colaboración de la Administración general del Estado. En concreto, en la situación 2 de emergencia, según establece el artículo 7.2 del Sistema nacional de respuesta, podrá solicitar del Ministerio de Fomento el apoyo de medios marítimos y, en su caso, la activación del Plan marítimo nacional. Asimismo, podrá solicitar del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente la movilización de los medios del Plan estatal de protección de la ribera del mar contra la contaminación integrándose dichos medios en el Plan Camgal.
5. El Plan Camgal incluirá el procedimiento de coordinación entre los órganos de dirección de este plan y los órganos de dirección del Plan territorial de emergencias de Galicia, para el caso de que estén simultáneamente los dos activados en alguno de sus niveles.
6. El Plan Camgal, sin estar activado, podrá colaborar con otros planes de contingencias poniendo sus medios a disposición de éstos.

