Artículo 19 medidas 2025 fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
Artículo 19
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Se añaden tres letras al artículo 26.1-2, Exenciones, de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas, con la siguiente redacción:
«c) En el caso de la tasa recogida en el 5.1.1, Expedición de permiso de organización de batidas o monterías en zonas de caza controlada, solo para jabalíes (por cada grupo de treinta personas o fracción), cuando sea una batida o montería en zona de sobrepoblación o daños en cultivos a apreciación de la conselleria.
d) En el caso de la tasa recogida en el 5.1.2, Expedición de permiso de organización de batidas o monterías en zonas de caza controlada, jabalíes más otros ungulados (por cada grupo de treinta personas o fracción), cuando sea una batida o montería en zona de sobrepoblación o daños en cultivos a apreciación de la conselleria.
e) En el caso de la tasa recogida en el 5.3.16, Pieza jabalí macho, y la tasa recogida en el 5.3.17, Pieza jabalí hembra, cuando sea en zona de sobrepoblación o daños en cultivos a apreciación de la Conselleria».
