Articulo 19 Medidas finan...009 C León

Articulo 19 Medidas financieras 2009 C. León

Ver Indice
»

Artículo 19. Ingresos afectados a los centros docentes.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Están afectados a los gastos del centro docente los ingresos que obtenga derivados de.

a) El cobro del coste de los materiales empleados en la prestación esporádica de servicios incluidos en las actividades programadas y aprobadas por el Consejo Escolar.

b) Herencias, legados y donaciones de dinero.

c) La venta de bienes muebles en desuso y de bienes muebles producidos por los propios centros como consecuencia de sus actividades docentes.

d) Las tasas que se establezcan por la utilización de las instalaciones docentes.

2. Los centros docentes aplicarán estos ingresos a sus gastos de funcionamiento en los términos que se determinen reglamentariamente.