Articulo 19 Medidas fiscales para impulsar el turismo sostenible
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»Artículo 19. Revisión en vía administrativa
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Contra los actos administrativos que se dicten por razón de la aplicación de este impuesto o de la imposición de sanciones, podrá interponerse, con carácter potestativo, un recurso de reposición o, directamente, una reclamación económico-administrativa ante el Jurado Económico-Administrativo, de acuerdo con lo establecido en la Ley general tributaria.

