Articulo 19 Medidas urgentes para la reducción del déficit
Artículo 19. Tipos de Gravamen Autonómicos
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se modifica el artículo Dieciséis de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, dándole la siguiente redacción.
"Artículo Dieciséis.
Tipos de Gravamen Autonómicos del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.
Los tipos de gravamen autonómicos del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos serán los siguientes:
a) Gasolinas: 48 euros por 1.000 litros.
b) Gasóleo de uso general: 48 euros por 1.000 litros.
c) Gasóleo de usos especiales y de calefacción: 0 euros por 1.000 litros.
d) Fuelóleo: 2 euros por tonelada.
e) Queroseno: 48 euros por 1.000 litros".
