Articulo 19 Modificación ...és público

Articulo 19 Modificación de tasas y de beneficios fiscales de acontecimientos de excepcional interés público

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Artículo decimonoveno. Beneficios fiscales apli cables al Programa de preparación de los de portistas españoles de los Juegos de «Pekín 2008» .

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1. El Programa de preparación de los deportis tas españoles de los Juegos de «Pekín 2008» ten drá la consideración de acontecimiento de excep cional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de di ciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al me cenazgo.

2. La duración de este programa será de 15 de septiembre de 2005 a 15 de septiembre de 2008.

3. La certificación de la adecuación de los gastos e inversiones realizadas a los objetivos y planes del programa será competencia de un Consorcio que se creará conforme a lo dispuesto en el artículo 27. 2 b) de la citada Ley 49/2002, de 23 de diciembre.

4. Las actuaciones a realizar serán las que ase guren una adecuada preparación técnicodeportiva de los deportistas españoles de los Juegos de « Pekín 2008» . El desarrollo y concreción en planes y programas de actividades específicas se realiza rán por el Consorcio al que se ha hecho referencia en el apartado 3 de este artículo.

5. Los beneficios fiscales de este programa serán los máximos establecidos en el artículo 27. 3 de la Ley 49/2002, a excepción de lo contemplado en los apartados primero a) y b) y tercero de dicho artículo.