Articulo 19 NORMAFORAL5/2005,de31demayo,porlaqueseregulaelrégimenjurídicogeneraldelassubvencionesotorgadasporlaAdministraciónForal.
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»Artículo 19. Régimen de garantías.
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El régimen de las garantías, medios de constitución, depósito y cancelación que tengan que constituir las personas beneficiarias o las entidades colaboradoras se establecerá en su caso en las bases reguladoras de la subvención.
