Articulo 19 Normas complementarias para la celebración de las elecciones al Parlamento de 12 de mayo
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»Artículo 19. Designación de apoderados e interventores
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La designación de apoderados e interventores se hace de acuerdo con lo que disponen el artículo 76 y los siguientes de la Ley orgánica del régimen electoral general.
