Articulo 19 Ordenación minera
Ver Indice
»Artículo 19. Condiciones especiales de la solicitud de derechos mineros sobre yacimientos de origen no natural, estructuras subterráneas y similares
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Además de la documentación exigida en el artículo 15 de esta ley, la solicitud de derechos mineros sobre yacimientos de origen no natural, estructuras subterráneas y similares ha de exigir la declaración previa de su calificación como recursos de la sección B, que ha de llevar a cabo el órgano minero competente.
