Articulo 19 Pesca y Acuicultura
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»Artículo 19. Especies de carácter invasor.
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1. Son especies de carácter invasor las incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, creado por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y aquellas otras que se declaren por la Orden General de Vedas regulada en el artículo 29 de la presente ley.
2. Las especies clasificadas como de "carácter invasor" podrán ser objeto de medidas de gestión para facilitar su control, pudiendo la Consejería con competencia en materia de pesca autorizar su captura en determinados tramos o masas de agua, así como aquellas otras medidas que se determinen.
